jueves, octubre 11, 2007

Ahora será más "pelúo" activar referendos/It will be more dificult to activate any referenda


Los referendos revocatorios, previstos en el artículo 72 de la Constitución, sólo podrán ser convocados si así lo requiere 30% del electorado y no 20% como está en la Carta vigente. Además, serán válidos si y sólo si, concurre a la jornada referendaria 40% del padrón. Hasta ahora la Constitución exigía la participación de al menos 25% de los electores. (información completa)/ Revocatory referenda-article 72 of the Constitution- could only be call by 30% of electorate and not by 20% as it is now. In addition, they will be valid if and only if, 40% of the registered voters vote. So far the Constitution only requires 25%.

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